Información sobre facturación de honorarios

Se recuerda a todos los agremiados que aquellos profesionales médicos que facturen honorarios (de obras sociales o prepagas que tengan convenio vigente con la Agremiación Médica Platense) a través de otras entidades que no sea nuestra institución, serán PASIBLE DE SANCIÓN (amonestación, suspensión y/o desagremiación) conforme lo establecido en el Estatuto de AMP.

Lo mencionado es en virtud de lo establecido en el Punto 3 de las Normas de agremiación suscriptas por todos los colegas, que a los efectos ilustrativos se reproducen "El médico se compromete a no prestar atención mediante ninguna otra vía (entidad intermedia, clínicas, sanatorios u hospitales, o bien en forma directa"; y en concordancia con el Punto 7 de dichas normas que expresan "Limitación de la representación exclusiva de la AMP para toda gestión de facturación y cobro de honorarios ante las OS, mutuales y entidades similares."

Consejo Directivo AMP

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