Respecto a las Prácticas No Nomencladas y No Convenidas

Se reitera a los médicos agremiados que, hasta tanto se incorporen a los distintos grupos de cobertura por parte del IOMA, las prácticas No Nomencladas y/o No Convenidas deberán ser realizadas con la misma metodología implementada hasta la fecha.

Se podrán solicitar trámites de excepción o bien percibir los honorarios de las prácticas a realizar.
 
Se recuerda que tanto las ayudantías quirúrgicas como las diferencias de categorización en las prácticas correspondientes a los códigos 88, no deberán ser abonadas por el paciente ya que se encuentran acordadas.
 
En el caso de que en los próximos días - en el contexto de las distintas reuniones técnicas - se produzcan cambios, serán avisados con antelación.

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